Bruselas/Luxemburgo (EA.com).- La prohibición de comercializar el aceite de cannabidiol (CBD) importado de otros Estados miembros es contraria a la legislación de la Unión Europea (UE) ya que no hay pruebas científicas de que los productos a base de cáñamo tengan efectos psicotrópicos, según ha dictaminado recientemente el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE).
#ECJ: A Member State may not prohibit the marketing of cannabidiol lawfully produced in another Member State when it is extracted from the Cannabis sativa plant in its entirety and not solely from its fibre and seeds #CBD https://t.co/ATb3CgbPxg pic.twitter.com/50JoQgpl4J
— EU Court of Justice (@EUCourtPress) November 19, 2020
El CBD es un compuesto químico más ligero extraído de las plantas de cáñamo pero que contiene menos del 0,2% del principio activo tetrahidrocannabinol (THC).
El caso ante el TJUE se refiere a la comercialización en Francia de Kanavape, un cigarrillo electrónico que utiliza aceite de CDB importado de la República Checa, donde se procesaban plantas de cáñamo orgánico.
Los fabricantes de los cartuchos de “Kanavape” fueron condenados por delitos relacionados con las drogas y sentenciados a 18 meses de cárcel, con una multa de 10.000 euros, ya que el actual marco normativo francés prohíbe la comercialización de productos derivados de toda la planta de cáñamo, incluidos los que contienen el compuesto químico más ligero CBD.
El TJUE señaló que el CBD “no parece tener ningún efecto psicotrópico ni ningún efecto nocivo para la salud humana” según el estado actual de los conocimientos científicos.
En concreto, el CDB no se ha mencionado en ninguna de las dos convenciones de las Naciones Unidas sobre sustancias psicotrópicas y sobre estupefacientes, lo que constituye la base jurídica para clasificar un producto como “droga” o “estupefaciente”.
El fallo del TJUE supone una victoria para la industria del CDB, la cual prevé que el mercado europeo para estos productos crezca un 400% de aquí a 2023, según un informe del Grupo Brightfield, un “think tank” especializado en análisis de mercados.
El codirector de “Kanavape”, Antonin Cohen, aseguró que la duración del proceso, que se prolongó durante más de cinco años, y que el asunto haya acabado en manos del TJUE demuestran la falta de claridad en la normativa actual y la necesidad de proporcionar un marco claro para la producción y el uso de la CDB en Francia y en el resto de socios de la UE.
Según los abogados de la empresa, la sentencia podría tener un impacto significativo en la industria del CDB en Europa, ya que no sólo exigiría que Francia adaptara su legislación, sino que también podría obligar a otros reguladores nacionales a volver a examinar las restricciones existentes en relación con los productos derivados del cáñamo, en el marco de la libre circulación de mercancías en el espacio del mercado interior de la UE.
En sus comentarios sobre la opinión consultiva del Abogado General del TJUE en mayo pasado, la asociación comercial paneuropea de empresas de cannabinoides y terpenos (ACTIVE) acogió con satisfacción la mención de que los productos derivados del CDB no deben considerarse como marcas de estupefacientes.
“En los últimos cinco años, los consumidores y empresarios de CBD han sido tratados por el Estado francés como criminales”, explicó al portal EURACTIV.com, la directora ejecutiva de ACTIVE, Laurène Tran.
En palabras de Tran, la opinión del Abogado General, ahora confirmada por el TJUE, es una oportunidad para que la industria francesa y europea del CBD siga sus esfuerzos de cara a una profesionalización del sector. “Esto es sólo el principio”, señaló.